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LA  OPE EXTRAORDINARIA de 2001 Y SUS PROBLEMAS

                

La opinión del SIMAP sobre la selección de personal es muy clara: Ver artículo.

 

Comentarios a la OPE:

 

La nueva Ley 16/2001 de 21 de noviembre del Proceso Extraordinario de Consolidación y Provisión de Plazas en el Insalud, publicada en el BOE con fecha 22.11.2001, es una prueba peculiar, ya que pretende, al menos en teoría, otorgar a los interinos una plaza en propiedad, después de largos años de permanecer en esa situación.

 

Como se sabe, se trata de una convocatoria única e irrepetible, y por tanto conviene analizarla con detalle para evitar malentendidos.

 

El SIMAP quiere dejar clara su postura sobre esta Ley.

 

1.- Por supuesto, no nos oponemos a que se intente otorgar rango de estabilidad definitiva a los puestos de trabajo desempeñados por los facultativos, tanto del INSALUD como de cualquier otra comunidad autónoma que se quiera adherir al proceso. Debe acabarse definitivamente con las situaciones de interinidad perpetua.

 

2.- Pensamos que esta Ley tendrá consecuencias no esperadas que conviene conocer antes de apoyarla o rechazarla. Estas consecuencias serán especialmente evidentes en la Comunidad Valenciana donde el número de plazas vacantes es pequeño y el número de médicos con nombramientos temporales es elevado.

 

Las consecuencias más claras serán:

 

1.- Dada la insuficiencia de los traslados convocados (suelen salir las peores plazas) algunos propietarios de plaza se presentarán a la provisión de plazas (directamente a la entrevista) y desplazarán a interinos de larga duración.

 

2.- En muchos centros el número de facultativos con nombramientos temporales eventuales (refuerzos, acúmulos de tareas...) y sustitutos (por reservas de plaza etc...) supera al número de interinos que ocupan plaza vacante. Como sólo pueden salir a concurso las plazas vacantes, necesariamente existirán interinos desplazados por otros médicos eventuales y sustitutos que también desean consolidar sus derechos.

 

3.- El hecho de que un facultativo realice la entrevista de la fase de provisión en un Centro determinado (normalmente en el que ocupa la plaza), no quiere decir en modo alguno que vaya a ocupar plaza en ese centro. En los mejores Centros se presentarán más candidatos que plazas, por lo que muchos interinos serán desplazados y acabarán consolidando su plaza en lugares muy alejados del puesto de trabajo que ocupan en la actualidad. 

 

4.- Otros facultativos desplazados quedarán sin empleo y “en situación de excedencia voluntaria” a la espera de que se genere una vacante en alguna área remota.  

 

Este tipo de pruebas pueden dar lugar a muchos sobresaltos y disgustos, dado el importante grado de subjetividad que suponen y el escaso control de los méritos, a diferencia de lo que ocurre con un examen como el MIR.

 

Recordemos que los tribunales en sanidad se designan de forma unilateral por parte de la administración, en lugar de constituirse por sorteo como en el resto de la administración pública.

 

Y por último, decir que el SIMAP exige y reivindica que no se intenten hacer remiendos de unas situaciones crónicas aberrantes de inestabilidad laboral mediante una ley como ésta que puede tener efectos contrarios a los pretendidos.

 

Resulta imprescindible consolidar como plazas vacantes todos los puestos de trabajo temporales -que son la mayoría-, y posteriormente ofertarlas de forma pública y limpia, para acabar así con la bolsa de esclavitud que suponen todos estos tipos de nombramientos con los que se rebaja el trabajo de los médicos.

 

                      


 

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