NOTA DE
PRENSA
SOBRE
LA LIMITACIÓN DE JORNADA LABORAL PARA
MÉDICOS DE HOSPITALES Y SU CONSIDERACIÓN DE TRABAJADORES A TURNOS Nuevo pronunciamiento del Tribunal Supremo a favor del SIMAPValencia, 6 de junio de 2002
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en sentencia de 1 de abril de
2002 (notificada a las partes el 5 de junio de 2002), ha establecido que la
Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en el Asunto
SIMAP (que en conclusión, decía que los médicos están incluidos dentro
de la aplicación de la Directiva Europea 93/104 sobre ordenación del tiempo de
trabajo) es aplicable a los médicos de los Hospitales, al igual que, en
sentencia de 4 de octubre de 2001, la declaró aplicable a los médicos de los
Centros de Salud.
Con ello, nuevamente, han quedado desestimadas las tesis de la
Conselleria de Sanitat de la Generalitat Valenciana
En definitiva, nuestro Tribunal Supremo reitera que los médicos (ahora
los de los Hospitales) tienen derecho a:
1.
La “Jornada Máxima Comunitaria” (nuevo concepto creado por el
Tribunal): es decir, a una jornada semanal de no más de 48 horas. 2.
La “cualidad de trabajadores a turnos”, si realizan guardias.
Por tanto, la sentencia europea del Asunto SIMAP ya es de aplicación a
todos los médicos españoles, trabajen tanto en Centros de Salud (Atención
Primaria) como en Hospitales (Atención Especializada), y quedan desmontadas
todas las tesis de la Conselleria de Sanitat acerca de la inaplicación de la
Sentencia Europea a algún tipo de médicos. El
SIMAP (Sindicato de Médicos de Asistencia Pública) manifiesta que: 1)
No entiende la inactividad, incluso resistencia, de la Conselleria de
Sanitat en la ejecución de las sentencias del Tribunal Supremo. 2)
No acepta que la Jornada Máxima Comunitaria estipulada en “no
más de 48 horas” sea interpretada para todos los trabajadores de Sanidad
en “no más de 40 horas”, mientras que la Conselleria de Sanitat, junto a
sus sindicatos de la Mesa Sectorial, interprete que para el personal médico que
“no más de 48” son “exactamente 48”. 3)
Por todo ello, y ante la evidente discriminación del colectivo
de médicos, hemos interpuesto sendos recursos de amparo ante Tribunal
Constitucional, en demanda de que el personal médico no sea tratado como
ciudadanos de segunda clase y se establezca para ellos la Jornada Máxima
Española de “no más de 40 horas”. Fdo.
Juan Benedito Alberola Presidente del SIMAP (Sindicato de Médicos de Asistencia Pública)
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