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Publicado en Diario Médico 5
de enero de 2004 Opinión
La problemática de la mujer médico y su ausencia
El
número creciente de alumnas en las facultades de Medicina, corroborado por el
correspondiente incremento del número de médicos de sexo femenino que aprueban
el examen MIR -ambos con porcentajes que ya están alrededor del 80 por ciento
sobre el total-, conduce a plantearse las consecuencias de esta realidad sobre
el ejercicio profesional de la Medicina, que será una profesión de mujeres.
Esta feminización de la profesión implica la necesidad de prever las
repercusiones que sobre el funcionamiento del Sistema Nacional de Salud tendrá
la ineludible aplicación a las mujeres médicos de las leyes que garantizan la
igualdad entre sexos y de las que promueven la conciliación de la vida familiar
y laboral de las personas trabajadoras. Ni
una sola referencia a la mujer médico existe en la nueva Ley del Estatuto Marco
del Personal Estatutario de los Servicios de Salud. Se podría aducir que no es
precisa. Sin embargo, si como sabemos, se pretende una jornada obligatoria de
hasta 2.704 horas anuales para el personal médico (en contraposición a las
1.625 horas anuales del personal no médico de la sanidad), muchas veces
realizadas en forma de jornadas ininterrumpidas de 31 horas, nos damos cuenta de
que sí que es necesario. En
estos momentos y con la actual normativa el colectivo de mujeres médicos españolas,
de forma grave e inhumana, tiene imposibilitada la compatibilización de la vida
profesional y la personal. La máxima es: "O mujer, o médico". La
maternidad de la mujer médico está fuertemente penalizada. Y comienza ya
durante su periodo de MIR (lo que el Ministerio de Sanidad llama periodo de
personal en formación mediante residencia), dadas las penosísimas
condicionales laborales y las coercitivas razones formativas. Ni en el contrato
laboral del MIR ni en los programas formativos de las especialidades existe
ninguna referencia sobre cómo compatibilizar trabajo, formación y maternidad.
Por tanto, una nueva máxima sería: "Mujer, médico y madre, mal". O
incluso, "mujer, médico, madre y MIR, muy mal". Algunos
logros El Sindicato de Médicos de Asistencia Pública ha conseguido algún pequeño avance en este aspecto y así, el 3 de julio de 2001, el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, en contestación a la queja número 200.974, nos comunicó que la Consejería de Sanidad de esta autonomía había aceptado la recomendación de la citada institución en el sentido de que la exención de las guardias médicas o los turnos de atención continuada -es decir, la posibilidad de obligar a las mujeres médicos embarazadas o en periodo de lactancia a realizar jornadas ininterrumpidas de 31 horas- era un derecho sujeto al simple régimen de notificación, sin necesidad de que la solicitante esperara la valoración del director gerente correspondiente sobre si procedía su concesión en función de las necesidades del servicio y del informe médico preceptivo en el que conste expresamente que una jornada laboral de 31 horas ininterrumpidas es perjudicial para la salud de la madre o del feto (posteriormente el lactante).
Juan Benedito Alberola. Presidente del Sindicato de Médicos
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