LA CONSELLERIA  DA ÓRDENES CONTRADICTORIAS A LOS MIR EN TEMAS DE JORNADA LABORAL: Los excluye del ámbito de aplicación del Decreto de Jornada.
 

Recordemos el contenido del artículo 1 de este Decreto: Ámbito de aplicación

 Artículo 1. Ámbito de aplicación

 El presente decreto será de aplicación a todo el personal, cualquiera sea la naturaleza de su relación de empleo, que se halle adscrito o dependa de Instituciones Sanitarias de la Generalitat dependientes de la Conselleria de Sanidad, en las que se incluyen tanto las de atención primaria como especializada, las Áreas de Salud, los Centros de Salud Pública y las respectivas unidades de dirección y gestión, así como los dispositivos de atención sanitaria urgente y el Centro de Transfusiones de la Comunidad Valenciana, y cualquier otra unidad o servicio que, integrado en el dispositivo sanitario público, guarde dependencia orgánica y funcional de la Conselleria de Sanidad. No será de aplicación al personal destinado en Servicios Centrales y Direcciones Territoriales de la Conselleria de Sanidad.

 Desde luego hasta este año y desde su publicación a todo el mundo, incluida la Conselleria de Sanitat, le había quedado claro que los MIR, FIR, PIR, etc. estaban incluidos es este Decreto. Pero ahora resulta que en menos de 15 días llegan a las direcciones de los distintos departamentos de salud dos instrucciones totalmente contradictorias.

La Conselleria de Sanitat advierte de que, a pesar de que el Secretario Autonómico de Sanitat Dr. Rosado había dicho lo contrario, su Director General de Recursos Humanos dice que no son válidas las Instrucciones del Secretario Autonómico en lo referente a la aplicación a éste personal de lo previsto en el Decreto 137/2003 de Jornada y que por tanto no se les aplica la jornada ordinaria anual máxima de 1589 horas, ni el régimen de libranzas y vacaciones adicionales previsto en el citado Decreto, ni la limitación de los sábados laborales, etc.

El SIMAP hará un seguimiento de este asunto e iremos informando conforme se vaya aclarando la situación.

El Decreto de jornada, como podéis comprobar es del 2003, y hasta ahora, como hemos comentado, en todos los centros se había incluido a los residentes en su ámbito de aplicación. Es cierto que frecuentemente con problemas puntuales con los sábados, libranzas de guardias, etc. Puntos en los que teníamos que ir defendiendo a diario y que parece que han llevado a este golpe en forma de instrucción que, tristemente como suele pasar, busca más la rentabilidad de la “mano de obra económica” que suponen los residentes que defender su correcta formación, asunción progresiva de responsabilidades y defensa de su salud laboral y derechos laborales, que desde luego los tienen.

Es triste que además tengamos que enfrentarnos a situaciones como la que a continuación informamos:

La Comisión Nacional de la especialidad de Medicina de Familia ha advertido a la Conselleria de Sanitat de que si no mejora las condiciones de los centros de salud de Atención Primaria se verá obligada a retirar la acreditación docente de la citada especialidad.