Ver primera reunión   (Noviembre 2002)

  Ver segunda reunión  (Marzo 2003)

 

TERCERA REUNIÓN CON EL  MINISTERIO DE SANIDAD

 

Celebrada el Lunes 7 de julio de 2003 a las 17 h.

Entre:

 

DR. MARC SOLER 

                 

Subdirector General de Formación Profesional

Ministerio de Sanidad

 

y

 

DR. JUAN BENEDITO

Presidente del SIMAP (Sindicato de Médicos de Asistencia Pública)

 

 

ORDEN DEL DÍA:

 

 Condiciones Laborales de los Facultativos en Formación (MIR y afines)

 

I.- Jornada Laboral máxima de 58 horas a la semana con reducción progresiva a 48 horas a la semana. Cuantificación en jornada anual laboral máxima. Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Social) de 18 de febrero de 2003.

 

II.-“Libranza” obligatoria y remunerada tras prestación laboral de servicio de guardia (Atención Continuada). Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo social)  de 19 de febrero de 1999.

 

III- Protección de la Maternidad en la Mujer Médico Residente.

 

 

COMENTARIO Y CONCLUSIONES

 

                La reunión se realizó en un clima de respetuosa contradicción de pareceres (evidentemente las relaciones no son fluidas). El Dr. Soler estuvo acompañado por un Asesor Jurídico Funcionario de su confianza. 

 

                El Dr. Soler afirmó que los puntos I y II del Orden del Día estaban asumidos por el Ministerio y saldrían explícitamente en el texto de la futura Ley del Estatuto Marco (cosa que sucederá a finales de año tras su trámite reglamentario en el Congreso y Senado). Con respecto al punto III se mostró rotundamente en contra de cualquier discriminación, por razón de su estado,  a nuestras compañeras médicos residentes que se encuentren embarazadas y asumió su compromiso de intervenir personalmente ante cualquier denuncia que le planteemos en este sentido (el Dr. Benedito recogió el guante y le manifestó que recibirá información concreta sobre cualquier caso individual o colectivo que se produzca, con la finalidad de que se produzca esa prometida intervención).

 

                A pesar de no estar en el Orden del Día y por sugerencia del Dr. Aubía se nos informó que nuestra sugerencia de que la jornada complementaria sea voluntaria (reivindicación irrenunciable de nuestro colectivo) aparecerá en la futura Ley del Estatuto Marco pero con un periodo de demora de aplicación de 10 años. El Dr. Benedito le manifestó que reconociendo la buena fe y el tremendo esfuerzo que está realizando el Ministerio de Sanidad para aplicar la Directiva 93/104, la citada demora supone un obstáculo insalvable para la pacificación de las relaciones laborales del Sistema Sanitario Público con sus Médicos trabajadores.

 

                El Dr. Soler de iniciativa propia nos manifestó la conveniencia de una nueva cita en meses próximos.

 

 

  

Valencia, 7 de julio de 2003