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El médico interactivo 15-03-2001

El TSJ condena a la Conselleria valenciana de Sanidad a indemnizar a dos pediatras por sobrecargarles de trabajo y reducir sus salarios sin actualizarlos a la normativa laboral 

Sanidad tendrá que devolver 638.269 pesetas en concepto  de sueldo por índice de consultas realizadas sobre la población infantil 

Vicente Martínez (Valencia).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado a la Conselleria de Sanidad a que indemnice a dos médicos pediatras por sobrecargarles de trabajo y reducir sus jornales, sin actualizarlos a la normativa laboral, tras una demanda presentada por el Sindicato de Médicos de Asistencia Pública, Simap. 

El TSJ ha emitido un fallo en el que se condena a la Administración a pagar 638.269 pesetas a dos pediatras, Teresa L. L. y Rosario V.H. en concepto sueldo por índice de consultas realizadas sobre la población infantil. En el caso de las dos médicos, eran consideradas por Sanidad en su retribuciones como P1, que equivale al facultativo con menor número de atención de consultas, aunque eran P4, con un mayor número de consultas y mayor sueldo. 

La situación resultaba una paradoja porque sobrecargaba a los pediatras de trabajo, al aumentar la cantidad de pacientes que debían atender, ya que les convertía en médicos de todos los niños hasta los 14 años, y luego les recortaba el sueldo porque sólo le contabilizaba las atenciones de los niños menores de siete años. 

Los índices de pediatría se determinan en función del porcentaje de menores de siete años sobre el total de población asistida en cada zona de salud, de conformidad con la resolución del 11 de julio de 1988 de la Conselleria de Sanidad. Según esta normativa a los médicos se les asignaría la denominación de P1 cuando asistieran a un 10% de menores de siete años, P2 cuando asistieran entre el 10% y el 12%, P3 entre el 12% y el 14% y P4 cuando superaran más de 14% de asistencias a menores. 

Sin embargo, por un Acuerdo del Gobierno Valenciano de 1991 se modificó el criterio para la calificación de médicos, y se estableció que el porcentaje de menores sobre el total de población asistida ampliaría la edad hasta los 14 años. En este sentido, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana asegura que Sanidad vulneró el acuerdo de los 14 años. 

En texto legal contempla que si las actoras "estas obligadas a atender como pediatras a la población con edad inferior a 14 años, tienen derecho a percibir por ello la remuneración correspondiente de acuerdo con su propio sistema retributivo, adecuando por ello los índices de pediatría señalados para el devengo del complemento de productividad nuevo". 

La sentencia presenta como novedad que declara la condena de Sanidad como de futuro, a la luz de lo declarado por el Tribunal Constitucional. Según Benedito, "esta situación sirve de precedente para que se aplique la sentencia al resto de pediatras de toda la Comunidad". 


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