http://www.simap-clm.es
 

 Elecciones sindicales en Castilla la Mancha (SESCAM) 2010.

 

EL SIMAP DESCONVOCA LA HUELGA DE ANESTESISTAS EN CASTILLA LA MANCHA

 

ESPECTACULAR IRRUPCION DE NUESTRO SINDICATO: SIMAP-CLM  LA OPCION MAS VOTADA POR LOS MEDICOS DE CUENCA.


 

DIARIO MÉDICO

31 DE OCTUBRE DE 2006

Anulada la orden que fijaba las guardias en el  Hospital Virgen de la Luz

 

 M. Esteban

Un juzgado contencioso ha anulado la orden del director gerente del Hospital Virgen de la Luz, en Cuenca, que imponía la doble guardia a los anestesistas. El fallo sostiene que en condiciones reales se superaba el límite máximo de jornada semanal y el del número de guardias.

El Juzgado Contencioso-administrativo número 1 de Cuenca ha anulado las resoluciones de la Gerencia del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam)
por las que se convalidaba la orden del director médico del Hospital Virgen de la Luz, en dicha localidad, sobre régimen de trabajo del Servicio de Anestesiología del centro hospitalario. La citada orden, dictada en abril de 2006, desencadenó el comienzo de una huelga, convocada por el Sindicato de Médicos de Asistencia Pública de Castilla-La Mancha (SIMAP-CLM), pues suponía que los anestesistas debían duplicar las guardias. La huelga dura ya 120 jornadas y está prevista hasta el mes de diciembre.

Para resolver si la resolución impugnada se adecua o no a las previsiones legales, el juzgado comienza recordando que la Ley 55/2003, del Estatuto Marco de los Servicios de Salud, traspone las directivas europeas sobre protección de la seguridad y salud de los trabajadores.

La normativa comunitaria exige el derecho a la protección de la salud que incluye "la asignación a los poderes públicos la función de velar por la seguridad e higiene en el trabajo, garantizando el descanso necesario mediante la limitación de la jornada laboral y las vacaciones periódicas retribuidas".

En cualquier caso, el fallo también recuerda que, al mismo tiempo, los centros y establecimientos "deben ofrecer, de forma permanente y continuada sus servicios a los ciudadanos mediante la fijación de unos límites máximos para la duración de la jornada ordinaria, así como para la duración conjunta de ésta y de la jornada complementaria que resulte necesaria realizar para atender el funcionamiento permanente de los centros sanitarios".

En la resolución del pleito, el juzgado parte del análisis del informe remitido por el director gerente del hospital a instancias del órgano judicial, y en el que se detalla la jornada laboral que en condiciones normales realiza un facultativo especialista en Anestesiología en el centro, haciendo mención a sus horas de trabajo, descansos y guardias durante un periodo de seis meses.

El trabajo del especialista se desarrollaría dentro de un servicio formado por 11 anestesistas más dos de guardia de presencia física.

De dicho informe se desprende que se cumplirían las previsiones legales, pues dicho facultativo realizaría un promedio de 44,51 horas semanales de jornada máxima conjunta efectiva, es decir, dentro del límite máximo de las 48 horas establecidas por la ley.

En términos reales
Ahora bien, aunque en principio se cumplirían las previsiones legales, el fallo aclara que el Sescam elabora el informe "partiendo de una situación concreta, esto es, de 11 facultativos en el servicio plenamente disponibles y en condiciones normales". El reproche que hace el juez es que esas condiciones a las que alude el Sescam no se cumplieron durante el semestre al que se refiere el informe. Así lo pone de manifiesto la declaración de uno de los miembros del servicio, que sostiene que no se habían alcanzado esos 11 facultativos en el servicio y que, además, en el informe no se aludía a las "contingencias que suelen producirse, tales como las bajas médicas y disfrute de vacaciones en distintos periodos, que deben tenerse en cuenta al establecer el cómputo real de tiempos de trabajo y descansos". De hecho, la testigo incorpora un cuadrante con su trabajo durante el semestre en el que consta que realizó un promedio de 54,2 horas semanales.

Partiendo de estos datos "reales", el fallo aclara que "cuando las condiciones normales arrojan un promedio de 44,51 horas semanales de trabajo efectivo, en las que se incumplen las horas de guardia que en la práctica conllevan un desgaste para el profesional, de ocurrir cualquier contingencia que afecte a la plantilla se superaría el límite máximo establecido por la ley y el número de guardias a realizar al mes".

Valoración de las partes
Juan Benedito, presidente del Sindicato de Médicos de Asistencia Pública, ha declarado que "el fallo prueba que es imposible que con tan poco personal se dé una cartera de servicios como la que pretendía el Sescam, pues todo surge cuando se fija como objetivo político la analgesia epidural para las parturientas".

El sindicato mantendrá la huelga hasta "ver cómo se cumple la sentencia, pues el derecho constitucional a la salud se tiene que compatibilizar con el derecho al descanso del trabajador".

José Antonio Olmedo, delegado de Sanidad de Cuenca, ha asegurado que "la Administración cumplirá la sentencia y anulará la orden del director gerente, aunque será recurrida". Además, ha aclarado que "en estos momentos la plantilla es de 17 especialistas y antes de finalizar el año se contratará a otros dos médicos comunitarios".

Por último, ha recordado que el hospital "seguirá garantizando la analgesia epidural" y ha mostrado su deseo de que "los huelguistas depongan su actitud".


 

"EL SERVICIO DE ANESTESIA DEL HOSPITAL VIRGEN DE LA LUZ ALCANZA SU 90 JORNADA DE HUELGA.

Los anestesistas del Hospital Virgen de la Luz, de Cuenca, han alcanzado su 90 jornada de huelga. Representantes del Sindicato de Médicos de Asistencia Pública (Simap) de Castilla-La Mancha han explicado que “ ante la ausencia de negociaciones, se ha hecho un preaviso de huelga para todos los días laborables de octubre, noviembre y principios de diciembre”. Reclaman el derecho al mismo régimen de festivos, descansos semanales y libranzas que el resto de los trabajadores del Sescam".

 

Noticia publicada en Diario Médico el 28 de septiembre de 2006:


CUATRO MESES DE HUELGA

SIMAP CASTILLA-LA MANCHA (SIMAP C-LM)

EL SERVICIO DE ANESTESIA Y REANIMACIÓN DEL HOSPITAL VIRGEN DE LA LUZ DE CUENCA SE PLANTA ANTE LOS ABUSOS LABORALES DEL SESCAM

  El Servicio de Anestesia y Reanimación se opuso en bloque ante la imposición unilateral de un sistema abusivo de guardias, que no respetaba la legislación vigente en lo referente a los tiempos descanso ni la limitación máxima de la jornada laboral, con la convocatoria de una huelga indefinida que está teniendo un seguimiento del 85% y cuya duración es de casi tres meses.

No es un caso aislado, más bien se ha convertido en la forma más frecuente de abuso laboral sufrida por los médicos, que la Administración ofrece a los ciudadanos nuevas prestaciones sanitarias (por supuesto necesarias, no es eso lo que se discute) sin aumentar la dotación en recursos humanos (contratación de más médicos), y obligando a que con las normalmente exiguas plantillas se asuman, a base de aumentar la jornada laboral en forma de guardias o las cargas de trabajo en la jornada ordinaria, todo lo que en justicia la población de nuestro país tiene derecho a percibir y que financia con el pago de sus impuestos. El problema se presenta cuando ni el estado ni las comunidades autónomas destinan a la sanidad la inversión necesaria para llevar a cabo todos sus proyectos y pretender abaratar los servicios a costa, como en el caso que nos ocupa, de transgredir la normativa vigente (europea, nacional y autonómica) sobre tiempos de trabajo y descanso y que tiene como finalidad principal la protección de la salud, física y psíquica de los médicos.

El conflicto se presentó a mediados de marzo cuando el Sescam ofertó de forma generalizada la anestesia epidural en los partos que se realizaran en el Hospital Virgen de la Luz sin ningún tipo de aumento de plantilla en el servicio de Anestesia y Reanimación, y obligando a los médicos de dicho servicio a duplicar el número de guardias. Después de ser ignorados de forma repetida, tanto por la dirección del centro como por el consejero de sanidad, decidieron convocar esta huelga, que como comentamos anteriormente dura ya medio año, y podemos imaginar el tipo de presión que estarán soportando nuestros compañeros.

Como comentábamos la falta de definición de la duración máxima de la jornada laboral es un problema general de los médicos en nuestro país. El Estatuto Marco, de forma intencionada, cometió varias atrocidades al transponer las Directivas Europeas que regulan los tiempos de trabajo y descanso a nuestra legislación. Entre ellas, quizá la más dañina, fue el denominar al tiempo de trabajo de las guardias médicas, que según la normativa comunitaria es tiempo de trabajo en su totalidad o en su caso debe ser considerado como horas extraordinarias, jornada complementaria. Añadiendo después de forma explícita que ésta nunca tendría la consideración de horas extraordinarias. Así barrieron de un plumazo la voluntariedad de las guardias, su limitación y su correcta retribución. También fue malintencionada la adopción del máximo de 48 horas semanales como máximo tiempo de trabajo entre jornada ordinaria y complementaria, ya que el “no más de 48 horas semanales” era para que aquellos países de la Unión Europea con jornadas laborales semanales más prolongadas realizaran un esfuerzo por reducirlas. La unión Europea dejaba claro que el establecer un límite de 48 horas semanales no podía ser utilizado como excusa por aquellos países que tuvieran una normativa más favorable, ya que eso supondría la reducción de las mejoras sociales ya conseguidas e iría en contra del espíritu de la propia Directiva Europea. El Estatuto Marco debió reconocernos un máximo de 40 horas semanales como lo tienen el resto de trabajadores del país. Esas 40 horas semanales se deberían realizar entre jornada ordinaria y guardias, y a partir de ahí, las guardias serían horas extraordinarias, sometidas también a una limitación por razones de salud laboral. Ese debió ser el contenido de la redacción del Capítulo X del Estatuto Marco si hubieran transpuesto correctamente las Directivas Europeas a las que hacemos referencia y las sentencias jurisprudenciales que las interpretan: el Asunto SIMAP, 3 de octubre de 2000, fue la primera de ellas. Pero todo es susceptible de empeorar, y cuando las comunidades autónomas redactan los diferentes Decretos para recoger y concretar la normativa europea y nacional se “olvidan” de establecer para los médicos un límite de la jornada máxima de trabajo anual. ¿Cuantas horas anuales son 48 horas semanales? Es una pregunta a la que no nos quieren contestar. El problema que nos encontramos todos de forma diaria y que es la fuente de los abusos laborales que han llevado a nuestros compañeros a la huelga es que se intentan convertir nuestra jornada laboral en una jornada de trabajo indefinida y adaptable a cualquier necesidad asistencial presente o futura, sin cuestionar que esa necesidad se produzca por una falta de inversión económica y de gestión de recursos humanos. Si hacen falta anestesistas para la cobertura de la anestesia epidural en los partos de forma generalizada no se plantean en aumentar plantilla de anestesistas de forma correcta para atender esta nueva demanda, es decir, a una necesidad estructural se le debe dar una dotación adecuada y permanente, sino que ofertan un nombramiento para atención continuada (contrato de guardias) y tras sorprenderse de que nadie acepta semejantes condiciones laborales concluyen: faltan médicos, aumentemos el número de estudiantes de medicina para que podamos tener así gente que no dude en aceptar cualquier cosa que se le ofrezca. Y por otra parte, y sólo justificando que en la bolsa de trabajo no hay especialistas en paro, alegando que el “bien común está por encima del individual” se permiten transgredir cualquier limitación que pudiera establecerse de nuestra jornada laboral. Creo que todos deberíamos hacer causa común con nuestros compañeros de Castilla La Mancha y exigir de forma firme y constante una condiciones laborales adecuadas y una limitación correcta y clara de nuestra jornada laboral; y si es necesario luchar porque una mala ley, como es el Estatuto Marco, que permite que se produzcan todo tipo de abusos laborales, sea modificada. Y cada vez que oigamos el comentario de que faltan médicos, no dudemos en afirmar que lo que faltan en primera instancia son contratos decentes para los médicos que hay, y luego después de una correcta planificación ya se vería si la falta de médicos es real y su verdadera trascendencia.