ADHESIÓN A LA COLEGIACIÓN VOLUNTARIA PARA PROFESIONALES SANITARIOS PÚBLICOS (2011)
Ver nota de Prensa (2001)

SIMAP DEFIENDE LA COLEGIACIÓN VOLUNTARIA.
 

En la actualidad existen cuatro comunidades autónomas en donde la colegiación es voluntaria para los médicos que trabajan en la Administración Pública. Es decir, en esas autonomías (Andalucía, Canarias, Extremadura y  Cantabria), asume  la Administración las competencias que cumplen los colegios de médicos en orden a garantizar el ejercicio de la profesión, asegurando la eficacia de su actuación y asumiendo las eventuales responsabilidades derivadas del ejercicio. Esto no ha sentado nada bien a los colegios de médicos que ven peligrar sus intereses, que no siempre son los nuestros, si la medida se generaliza. Por eso, han denunciado ante el Tribunal Constitucional la libre colegiación y en espera de que dicho Tribunal se pronuncie ya se permiten defender en todos los foros la ilegalidad, aunque deberían decir supuesta anticonstitucionalidad, de la colegiación voluntaria. Es decir, afirman que las Leyes Autonómicas que promulgan la libre colegiación son anticonstitucionales sólo porque los presidentes y demás cargos directivos de los colegios de médicos así quieren que sea.

 

Pero, a esto que ya sabíamos, se le suman nuevas situaciones que vuelven a poner nerviosos a aquellos que ven la colegiación obligatoria como un “modus vivendi”.

 

Afortunadamente la Comisión Nacional de la Competencia defiende que la colegiación obligatoria va en contra de las Directivas Europeas, y recogiendo el guante de esta afirmación los técnicos encargados de realizar el borrador de la nueva Ley de la Función Pública Valenciana incluyen  entre sus puntos la posibilidad de la libre colegiación. Las estructuras colegiales se han puesto manos a la obra para presionar políticamente y parece que, si no hay un fuerte movimiento del colectivo médico a favor de la libre colegiación, el punto que nos atañe no verá la luz en la futura Ley. Además, han vuelto a publicitar una de esas encuestas y estudios demográficos, en los que se permiten afirmar que la mujer médico es un 20% menos rentable que el hombre médico, en donde afirman que más del 80% de los médicos valencianos quieren la colegiación obligatoria.

 

Posiblemente no resulta políticamente correcto decir que los colegios profesionales son decimonónicos, reductos de un pasado lejano que nada tiene que ver con la situación actual de nuestra profesión, pero si nos paramos a pensarlo, muchos de nosotros llegaríamos a esa misma conclusión. Podría ser un reducto romántico, inofensivo, representativo de nuestros predecesores y de la esencia de la ciencia médica sino estuviera tan lejano de nosotros y tan centrado en la actividad privada que le reporta beneficios y en su brazo de poder al erigirse representante de todo el colectivo médico.

 

Evidentemente, si nuestro colegio de médicos realmente fuera defensor del médico, hoy en día todos somos médicos asistenciales, se partiera la cara por nosotros y porque cambiaran nuestras precarias condiciones laborales, nos ofreciera apoyo, asesoría, formación, como puntos prioritarios de su campo de actuación, creo que, aunque fuera voluntaria la colegiación, muchos médicos se colegiarían. Pero el espectáculo que nos ofrece es desolador para la mayoría de nosotros por el despilfarro de dedicación de esfuerzos y dinero a organizar fiestas, rifas, viajes y auto bombo en sus publicaciones y congresos. Pero lo peor es que existe  total connivencia y dan capotadas ante los abusos que sufre nuestra profesión, y nosotros mismos, sin actuar siquiera como un mediador  en nuestras reivindicaciones ni aportar ninguna solución útil.

 

Sólo por centrar el tema de qué son los colegios profesionales me permito hacer un pequeño inciso en una normativa reciente:

 

Los colegios profesionales tienen una naturaleza jurídica:

Son corporaciones de derecho público, dotadas de personalidad jurídica propia y con plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus finalidades, que se configuran como instancias de gestión de los intereses públicos vinculados al ejercicio de una profesión determinada y como vehículo de participación de los colegiados en la administración de estos intereses, sin perjuicio de que puedan ejercer actividades y prestar servicios a los colegiados en régimen de derecho privado (Ley 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales, os lo recojo la de Cataluña por ser de las más recientes).

 

Tienen una finalidad que es la justificación de su existencia:

Los colegios profesionales tienen como finalidad esencial velar por que la actuación de sus colegiados responda a los intereses y necesidades de la sociedad en relación con el ejercicio profesional de que se trate, y especialmente garantizar el cumplimiento de la buena práctica y de las obligaciones deontológicas de la profesión. Tienen también como finalidad la ordenación, representación y defensa de la profesión y de los intereses profesionales de las personas colegiadas.

En su condición de corporaciones de derecho público los colegios profesionales están sujetos al régimen de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas en lo concerniente al ejercicio de las funciones públicas atribuidas por ley (Ley 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales os lo recojo la de Cataluña por ser de las más recientes)

 

Esta misma Ley catalana en su disposición adicional cuarta ya recoge:

 

DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Efectividad de la colegiación voluntaria para los profesionales médicos, odontólogos, farmacéuticos y de enfermería vinculados en exclusiva con la Administración pública.

 

1. Para los profesionales médicos, odontólogos, farmacéuticos y de enfermería al servicio de las administraciones públicas cuyas funciones comprendan la realización de actos profesionales que tienen como destinatarios inmediatos a los ciudadanos, la efectividad de lo establecido por el artículo 38.2 requiere la declaración previa del Gobierno mediante decreto a propuesta de los departamentos de la Generalidad competentes en esta materia.

 

2. El Gobierno debe dictar el decreto a que se refiere el apartado 1 después de haber analizado la incidencia que la medida establecida por el artículo 38.2 puede implicar para el interés público y el funcionamiento del sistema catalán de salud.

 

Las leyes autonómicas están cambiando, permitiendo en la reforma de su legislación que se pueda reglamentar la colegiación voluntaria. Éste es el futuro lógico de la colegiación, porque la mayoría de los médicos somos asistenciales y trabajamos en la sanidad pública, ya sea ésta con gestión pública o privada. Por eso, es la propia Administración la que debe garantizar que sus trabajadores, que además son funcionarios del estado, cumplan con los requisitos necesarios para ejercer su trabajo en preservar la salud de la población. La Administración puede y debe hacer esa labor de vigilancia que antaño ejercían de forma exclusiva los colegios de médicos.

 

Defendemos la colegiación voluntaria porque creemos que es justa y que no deteriora en absoluto a nuestra profesión.

 

Porque no queremos costear más los gastos a un grupo de personas que consideramos ajenas por la lejanía en sus planteamientos profesionales y vitales, y a las que por fuerza nos vinculizan con la obligación de colegiarnos para poder ejercer nuestra profesión y trabajar en la sanidad pública.  

 

No podemos permanecer pasivos, pensando que es inevitable esta vinculación, porque vamos a perder posiblemente la única  oportunidad en décadas. El Colegio de Médicos ha lanzado su órdago ante la Conselleria de Sanitat y la Ganeralidat Valenciana: tengo al colectivo médico pacificado y afirmo que más del 80% de los médicos valencianos quiere la colegiación obligatoria.

 

Nosotros decimos: no nos creemos que el 80% de los médicos valencianos rechacen la posibilidad de que exista la colegiación voluntaria y es fundamental que siga adelante la nueva Ley de la Función Pública tal y como está en el borrador: Incluyendo el articulado que posibilita la colegiación voluntaria.

 

 

Si el tema os interesa, sería bueno darle la máxima difusión a los compañeros. Nuestra intención es recoger adhesiones mediante correos electrónicos para demostrar que es un tema que nos importa y que queremos que se regule la colegiación voluntaria en la Comunidad Valenciana. Si vuestra respuesta es numerosa y la propuesta tiene el respaldo de un número importante de médicos y otros facultativos remitiremos esta petición lo antes posible a la Conselleria de Sanitat

 

 

Esperamos vuestra respuesta.